TIPOLOGÍA DE CENTROS DE CARACTER SOCIAL PARA LA ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES EN CASTILLA Y LEÓN
Publicada el 14.02.2016
La tipología de centros de caracter social para la atención a personas mayores en Castilla y León según el Decreto 2/2016, de 14 de febrero.
Art. 2 TIPOLOGÍA DE CENTROS
Los centros de carácter social para la atención a las personas mayores se clasifican en:
a) Centro residencial.
Conjunto de espacios y servicios configurados como agrupación de hogares, dirigido preferentemente a personas mayores dependientes o a personas con necesidades afines, que garantice con carácter permanente o temporal la atención integral y continuada a la persona, promoviendo su autonomía y potenciando sus capacidades, según el cometido social de su ciclo vital.
Incluye el alojamiento, la manutención, la atención de sus necesidades básicas y de las necesidades particulares derivadas de su situación personal y social. En el centro residencial la vida cotidiana se organiza a partir de la autodeterminación de la persona, debiéndose garantizar una atención personalizada basada en la identidad de la persona, su historia de vida, sus expectativas y deseos, su visión y su enfoque de la vida cotidiana, a través de un proyecto de vida personal, del profesional de referencia y de los apoyos que lo hagan posible. Sus características deben permitir que todas sus plazas puedan ser ocupadas por personas dependientes.
b) Centro de día. Conjunto de espacios y servicios dirigidos preferentemente para personas mayores, que puede contar con una unidad de estancias diurnas, con una unidad de atención social o con ambas unidades simultáneamente, con las siguientes características:
1.º Unidad de estancias diurnas: Servicio dirigido preferentemente a personas mayores en situación de dependencia o a personas con necesidades afines, en el que, en jornada diurna, se les presta atención personalizada, con el objetivo de mantener o mejorar el mayor nivel posible de autonomía personal y de independencia, a través de actividades adaptadas a cada persona, mediante los correspondientes planes de apoyo que potencien sus capacidades. Estas unidades sirven de respiro a familias y cuidadores, favoreciendo la permanencia de la persona usuaria en su entorno habitual. En estas unidades la vida cotidiana se organiza a partir de la autodeterminación de la persona en unidades de convivencia.
2.º Unidad de atención social: Aquella en el que se desarrollan, en jornada diurna, servicios de carácter preventivo y de promoción personal, dirigidos a personas mayores con autonomía personal e independencia funcional, a través de la realización de actividades socioculturales y recreativas, pudiendo, además, ofrecer otros servicios.
FUENTE:http://www.guiaserviciosparamayores.es/documentos-de-interes